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Suspensión de penas: ¿Cómo evitar ir a prisión tras ser sentenciado?

Cómo evitar ir a prisión (aunque hayamos sido condenados)

El objeto principal de la administración de justicia, es la corrección de conductas negativas en contra de la sociedad, mediante la reeducación, reparación del daño y la reinserción social.

Se ha ideado la privación de la libertad dentro de centros correccionales, como parte de las medidas de castigo y reinserción.

Sin embargo, no todas las penas son exclusivamente privativas de libertad. Los jueces, tienen la potestad de dictar medidas sustitutivas en determinados casos.

Uno de estos casos, es la suspensión de penas contemplada en el artículo 80 del Código Penal.


¿Qué es la suspensión de penas?

El juez de una causa, puede suspender la pena de prisión si considera que no existe el riesgo de la comisión de nuevos delitos por parte del procesado, el delito entra dentro de ciertos parámetros y la pena impuesta es menor a 2 años.

La medida se puede considerar si el juez considera que el procesado ha tomado medidas suficientes para resarcir el daño, no posee antecedentes o tiene circunstancias personales especiales.


¿Todos pueden ser beneficiarios de estas medidas?

Sólo el juez competente de la causa puede determinar estas medidas. Adicionalmente a las muestra de intención de reparación e inexistencia de antecedentes penales, se deben sumar que:

  1. Sea el primer delito al que se ha procesado el sujeto.
  2. La pena impuesta es menor a 2 años.
  3. Se haya depositado en el juzgado los beneficios provenientes del delito, de acuerdo al artículo 127 del CP.
  4. El procesado padece una enfermedad grave y/o incurable.
  5. Cuando el delito se haya cometido a consecuencia de la adicción drogas, siempre y cuando:
    1. El procesado se somete a un tratamiento de desintoxicación de drogas en un centro homologado.
    2. No cometa otro delito durante el tiempo de suspensión de la pena.

¿Qué condiciones tiene la suspensión de penas?

Las medidas de suspensión de penas, se otorgan con una serie de condiciones. El procesado debe:

  • Mantener distanciamiento físico con la víctima, familiares o allegados, esto incluye su domicilio, trabajo o sitios frecuentados.
  • Suspender contactos con personas o grupos que se supongan conectados a los actos que originaron el delito.
  • Mantener el domicilio como aquel notificado al juzgado, requiriendo autorización del juez para ausentarse temporal o permanentemente de él.
  • Comparecer con la periodicidad que se establezca ante el juzgado.
  • Participar en programas formativos, laborales o educativos designados.
  • Participar en programas de deshabituación de alcohol, drogas u otras adicciones.
  • Para delitos de tráfico, se prohíbe conducir vehículos que no tengan dispositivos de comprobación de las capacidades físicas del conductor.
  • Cualquier otra disposición que emita el juez de la causa.

¿La suspensión de la pena es igual a la libertad plena?

La suspensión de la pena, es una medida de beneficio procesal para cierto tipo de delitos, circunstancias y procesados. Sin embargo, no implica en ningún caso una eliminación de la pena, absolución o el cumplimiento de la condena.

En algunos casos, como medida sustitutiva, el juez puede determinar que se deba:

  • Cumplir acuerdos alcanzados entre las partes involucradas en el caso
  • Realizar trabajos en beneficio de la comunidad, bajo los parámetros y duración que establezca el juez de la causa.
  • Pago de multas adicionales a las estipuladas en el artículo 127 del CP.

El otorgamiento de medidas de suspensión de penas es una prerrogativa exclusiva del juez de la causa. Del mismo modo, su suspensión puede ser ordenada en cualquier momento que el juez así lo decida.


Si crees que puedes ser beneficiado por este tipo de medidas, lo más recomendable es consultarlo con tu abogado, es probable que puedas evitar cumplir tu condena en un centro penitenciario.

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