¿Qué es un despido improcedente? | BeSolvers

¿Qué es un despido improcedente?

¿Qué es un despido improcedente? | Abogado Laboral Sevilla

Los periodos económicos de la sociedad marcan una serie de casos específicos que se repiten de manera cíclica. Uno de los marcadores habituales que podemos constatar desde Besolvers lo representan las consultas a nuestros abogados laboralistas en Sevilla.

Los ciclos de crisis conllevan inevitablemente regularizaciones en las plantillas, y, por tanto, un incremento notable en los despidos. Sin importar el período económico, grado de especialización del trabajo o responsabilidad dentro de una empresa, los derechos de los trabajadores siguen siendo inalienables.

Lamentablemente, no todos los trabajadores conocen realmente sus derechos y pueden ser víctimas de algún tipo de atropello o injusticia. Asimismo, también podemos encontrar casos en que los empresarios no están al tanto de las implicaciones de este tipo de irregularidades.


¿Qué es un despido improcedente?

¿Qué es un despido improcedente? | Abogado Laboral Sevilla

Según el artículo 56 del Estatuto de los Trabajadores, un despido improcedente es aquel que:

  • No ha cumplido con los requisitos legales formales, como la notificación escrita al trabajador, indicación de las causas del despido y fecha a partir de la cual se hace efectiva dicha medida.
  • No tiene base legal, dentro de los artículos 51, 52 y 54 del Estatuto de los Trabajadores.
  • Cuando el despido se deba o se sospeche que se motiva a causas discriminatorias, como:
    • Raza, origen o nacionalidad.
    • Sexo o condición sexual.
    • Religión o prácticas culturales.
    • Que vulneran las disposiciones de sindicatos o representantes laborales.
    • Que vulneran el derecho a la maternidad, paternidad o unidad familiar.
  • Cuando se produce en el período de incapacidad temporal, baja médica o períodos de maternidad, paternidad y/o vacacionales.
  • Falta en la presentación de pruebas de incumplimiento de las obligaciones del trabajador. 
  • Falsedad en la presentación de alegatos justificativos del despido.
  • Faltas a los postulados de despidos colectivos establecidos en el artículo 51 del ET.

¿Cómo se debe reclamar un despido improcedente?

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Como siempre, la mejor solución es aquella que se realiza de manera pacífica, en buena lid y sin recurrir a los tribunales laborales entre trabajador y empleador.

Con la asistencia de un abogado laboral en Sevilla, o en cualquier otra ciudad de España en la que se desarrolle el caso, empresa y empleado, pueden sentarse a negociar los términos del despido reclamado. Otro medio, se corresponde a las representaciones sindicales en los casos que los hubiere.

Cuando las gestiones amistosas han sido agotadas, el empleado puede realizar una reclamación ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación de su provincia. Esto puede hacerse de manera personal o a través de un representante legal, es decir, un abogado especialista en derecho laboral.

Una vez admitido el caso, el juez citará al empleado y a un representante autorizado de la empresa, a una sesión conciliatoria.

En los casos en las que no se haya llegado a un acuerdo o la empresa se niegue a acudir a dicha sesión, el juez puede determinar:

  1. La readmisión del trabajador a su puesto habitual de trabajo. En este caso, no se podrá bajo ningún motivo desmejorar las condiciones económicas o laborales del trabajador. Por otro lado, el trabajador debe recibir una indemnización correspondiente al sueldo no percibido durante el período de reclamación.
  2. La empresa, puede optar por pagar al trabajador una indemnización que será determinada por el juez, en montos equivalentes a 33 días por año de servicio o su equivalente prorrateado, si el período es inferior a un año. Hasta un máximo de 24 mensualidades.

¿Cuáles son las acciones inmediatas ante un despido improcedente?

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En primer lugar, en todo despido debe existir una carta de notificación, por escrito, entregada personalmente y firmada por la empresa, así como por el trabajador.

Esta carta, debe contener de manera expresa la notificación de despido del trabajador, las razones de dicho despido y la fecha a partir de la cual se hace efectivo.

Si esta carta contiene toda esta información y sin embargo, el trabajador considera que no está ajustada a la realidad, contiene información falseada o sin justificación, debe firmar con la nota: “No Conforme”.

Esto establece desde el primer momento, que el trabajador no está de acuerdo con la decisión de la empresa. 

A partir de aquí, el trabajador dispone de 20 días para realizar la reclamación ante el órgano competente. En este período, el trabajador no deberá hacer la notificación de desempleo ante el Instituto Nacional de Seguridad Social o hacer la solicitud del paro.

Lo más recomendable en todos los casos, es solicitar la asistencia de un abogado especialista en derecho laboral en Sevilla o en la ciudad de residencia del trabajador.

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